
En España, el régimen de atribución de rentas es considerado como un régimen especial, ya que las rentas percibidas por algunas entidades se tributan en función de lo contemplado en las leyes del Impuesto:
- Sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF)
- De Sociedades
- Sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
Así, tenemos que las entidades sometidas al régimen de atribución de rentas son las siguientes:
- Sociedades sin personalidad jurídica y objeto mercantil.
- Las herencias yacentes.
- Las comunidades de bienes.
- Entidades sin personalidad jurídica
- Entidades constituidas en el extranjero.
Y los contribuyentes de esta modalidad se identifican como: socios, comuneros o partícipes.
Por lo que, el tributo se calcula según el porcentaje de participación que cada contribuyente posea en la entidad sometida al régimen de atribución de rentas.
Y se presenta en el Modelo 184.
En este post vamos a guiarte paso a paso para que puedas rellenar este modelo correctamente.
Contenido
- 1 Ficha Procedimiento Modelo 184
- 2 ¿Qué es y para qué sirve el Modelo 184?
- 3 ¿Quiénes deben presentar el Modelo 184?
- 4 ¿Cuándo deben presentar el Modelo 184?
- 5 Este modelo se presentará de forma anual, y en el plazo establecido es desde el 1 al 31 de enero de cada año. Se declara el ejercicio fiscal del año anterior.
- 6 Nota Informativa Modelo 184
- 7 ¿Cómo rellenar el Modelo 184?
- 8 Y en las Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en España se anota:
- 9 Ganancias/Pérdidas Sin Derecho A Reducción
- 10 Entidades que determinan la renta atribuible según el Impuesto sobre Sociedades.
- 11 Por otra parte, las Retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad.
- 12 Con relación a las Deducciones.
- 13 De esta manera llegamos al final del llenado de los impresos requeridos para presentar el Modelo 184.
- 14 Video Modelo 184
Ficha Procedimiento Modelo 184
ficha_procedimiento_modelo_184
¿Qué es y para qué sirve el Modelo 184?
El Modelo 184 es el documento informativo donde se presentan los ingresos, gastos y beneficios generados por las entidades ya mencionadas, sometidas al régimen de atribución de rentas.
Sirve para informar anualmente, lo que tributa cada socio, según el porcentaje de participación, que tiene en la entidad.
¿Quiénes deben presentar el Modelo 184?
Según la Agencia Tributaria, este modelo lo deben presentar todos los contribuyentes que pertenecen a algunas de las entidades ya citadas, sometidas al régimen especial de atribución de rentas. Es decir los:
- Socios
- Comuneros y
- Partícipes
De esas entidades.
¿Cuándo deben presentar el Modelo 184?
Este modelo se presentará de forma anual, y en el plazo establecido es desde el 1 al 31 de enero de cada año. Se declara el ejercicio fiscal del año anterior.
Nota Informativa Modelo 184
¿Cómo rellenar el Modelo 184?
Este modelo por ser de carácter informativo describe las operaciones realizadas durante el año, y no genera gastos ni pagos.
De manera, que solo se coloca la información solicitada, en cada una de las casillas diseñadas para tal fin.
Así, el modelo se rellena de la siguiente forma:
En primer lugar, encuentra el espacio reservado para colocar la etiqueta identificativa. Si no se dispone de la etiqueta se adjunta una fotocopia del documento acreditativo del número de identificación fiscal (N.I.F.).
Y se anotan los datos que se solicitan continuación:
Se anotan lo siguiente:
- Número de Identificación Fiscal (NIF)
- Teléfono de contacto
- Razón social
- Domicilio fiscal
Se registra como sigue:
Ejercicio. Se anota el año correspondiente a la presentación de la declaración.
La modalidad de presentación puede ser:
- Impreso
- Soporte: colectivo o individual
En Tipo de Entidad se selecciona la entidad a la que se refiere esta declaración, ya sea que estén en territorio español o en el extranjero.
Y en las Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en España se anota:
El Tipo de entidad según sea:
- Sociedad civil
- Comunidad de propietarios
- Comunidad de bienes
- Herencia yacente
- Otras
Lo relativo a las Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero se indica:
El Tipo de entidad según sea:
- Objeto
- Clave país o territorio
- Porcentaje renta atribuible a miembros residentes
- Tributación en régimen del Impuesto sobre Sociedades
- Importe neto de la cifra de negocios
En caso de, que esta declaración tenga por objeto incluir información relativa a miembros o a rentas de la entidad que se omitieron, se marca con una «X» la casilla «Declaración complementaria».
Además, si la presentación de esta declaración tiene por objeto anular y sustituir íntegramente otra declaración del mismo ejercicio ya presentada, se marca con una «X» la casilla «Declaración sustitutiva».
En una declaración sustitutiva, se hará constar el número de trece dígitos identificativo de la declaración anterior que se sustituye mediante la nueva que debe comenzar con la cifra 184.
En este apartado se anota el número total de registros de socios, herederos, comuneros o partícipes
Se especifica lo siguiente:
- Resumen de datos incluidos en el soporte (sólo para presentadores colectivos)
- Total de entidades declarantes
- Número total de registros de socios, herederos, comuneros o partícipes
- Identificativo de la hoja-resumen correspondiente al presentador (sólo para el ejemplar de cada uno de los declarantes incluidos en la presentación colectiva)
Se indican los siguientes datos:
- Número de Identificación Fiscal (NIF)
- Razón social
- Domicilio fiscal
Una vez revisados y verificados todos los datos se procede a colocar:
- Fecha
- Firma
- Cargo o empleo
Ahora, continuamos en esta segunda página donde se registran todos los datos relativos a:
- Número de Identificación Fiscal (NIF)
- Razón social
- Año (4 cifras)
Por otra parte, los rendimientos del capital mobiliario, Ss especifican según se hayan obtenido en:
- España
- Extranjero
Así, las Reducciones aplicables se anotan según:
- % reducción
- Importe de renta atribuible con derecho a reducción
En este apartado, se anotan los datos de Identificación de la persona o entidad cesionaria de los capitales propios
- I.F. de la persona o entidad cesionaria
- Denominación / Razón Social
- Importe rendimientos devengados
- Clave País
En la casilla correspondiente se indican los Rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en:
- España
- Extranjero
Y se anotan los datos de:
- Clave País
- Ingresos íntegros
- Gastos
- Renta atribuible
Rendimientos de actividades económicas. Solo se requiere señalar:
- Tipo actividad. Clave
- Epígrafe I.A.E.
Si se trata de los Obtenidos en España se anota lo siguiente:
- Ingresos íntegros
- Gastos
- Rendimiento neto atribuible
En cuanto, a los Obtenidos en el extranjero se indica:
- Clave país
- Ingresos íntegros
- Gastos
- Rendimiento neto atribuible
Importe del rendimiento con derecho a reducción: es la sumatoria de todos los ítems señalados, según las actividades realizadas.
En este apartado se registra lo concerniente a las Rentas contabilizadas derivadas de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva.
La información requerida es la siguiente:
- I.F. de la Institución de Inversión Colectiva
- Denominación de la Institución de Inversión Colectiva
- Fecha adquisición acción/participación
- Valor liquidativo al final del ejercicio
- Valor adquisición/suscripción/contable de la participación
Renta atribuible
A continuación, en esta tercera página de nuevo se colocan los datos identificativos como sigue:
- Número de Identificación Fiscal (NIF)
- Razón social
- Año (4 cifras)
Enseguida, se informa sobre las Ganancias y pérdidas patrimoniales con período de generación igual o inferior a un año.
En territorio español o en el extranjero:
Generadas en España:
- Ganancias imputables
- Perdidas imputables
Generadas en el extranjero:
- Clave País
- Ganancias imputables
- Perdidas imputables
En este espacio, se registra la información sobre las Ganancias y pérdidas patrimoniales con período de generación superior a un año.
Obtenido en España o en el extranjero. Así, se especifica:
Ganancias/Pérdidas Sin Derecho A Reducción
Generadas en España:
- Ganancias imputables
- Perdidas imputables
Generadas en el extranjero:
- Clave País
- Ganancias imputables
- Perdidas imputables
Con relación, a las Ganancias Con Derecho A Reducción se coloca en las respectivas casillas lo siguiente:
- Elementos no afectos a actividades económicas
En España: Ganancias reducidas imputables
El extranjero: Clave País. Ganancias reducidas imputables
- Elementos afectos a actividades económicas
En España: Ganancias reducidas imputables
El extranjero: Clave País. Ganancias reducidas imputables
Entidades que determinan la renta atribuible según el Impuesto sobre Sociedades.
En este sentido, se indican las entidades cuyos miembros son, todos ellos, sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.
También, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.
- Resultado contable
- Ajustes
- Renta atribuible
Con relación, a las Deducciones Ley I.R.P.F. se registra cada una como sigue:
- Protección Patrimonio Español y Mundial
- Donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades
- Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
- En actividades económicas
- Por doble imposición de dividendos
- Deducción por doble imposición internacional (importe efectivo satisfecho en el extranjero)
También, las Deducciones Ley L.I.S. Se especifican según sea:
- Por doble imposición interna
- Doble imposición internacional (importe efectivo satisfecho en el extranjero)
- Con límite sobre cuota
- Deducciones art. 42
- Deducción por donativos a entidades sin fines lucrativos
- Otras deducciones
Por otra parte, las Retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad.
Se Suman todas las retenciones e ingresos a cuenta y se especifica según lo siguiente:
- Rendimientos del capital mobiliario
- Arrendamientos de inmuebles urbanos (constituyan o no actividad económica)
- Rendimientos de actividades económicas (excepto arrendamientos de inmuebles urbanos)
- Ganancias patrimoniales
- Por otros conceptos
Además, los exceso de rentas negativas. Se anota en la casilla correspondiente:
- Fuente renta. Clave
- Clave País
- Exceso a computar en 4 años siguientes
Socios, herederos, comuneros y partícipes. Rentas atribuibles se anotan los datos identificativos:
- I.F. entidad
- Denominación/razón social
- Ejercicio
- I.F. miembro
- Apellidos y nombre / razón social
- Domicilio fiscal
En cuanto, a los Rendimientos, deducciones y retenciones atribuibles.
Se colocan todos los importes de rendimiento y reducción de:
- Capital mobiliario
- Capital inmobiliario
- Rendimientos de actividades económicas
- Rentas contabilizadas de participaciones de Instituciones de inversión colectiva
- Ganancias patrimoniales con período de generación igual o inferior a un año
- Pérdidas patrimoniales con período de generación igual o inferior a un año
- Ganancias patrimoniales con período de generación superior a un año
- Pérdidas patrimoniales con período de generación superior a un año
Con relación a las Deducciones.
Aquí se identifica la clave que proceda:
- La Ley del I.R.P.F.
- De la Ley del Impuesto sobre Sociedades
- Base/Importe deducción (6 casillas)
Así, las Retenciones e ingresos a cuenta se colocan en las casillas que corresponde a:
- Importe retenciones e ingresos a cuenta
- Total de claves o subclaves de rendimientos, deducciones y retenciones atribuibles en las que se ha hecho constar un importe