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Modelo Hacienda

Modelo 182: Qué Es, Obligados, Plazos y Cómo Se Rellena

Este modelo no implica pago de tributo. Es decir, no ocasiona un gasto, se trata de suministrar la información  a la oficina de Hacienda Pública sobre los donativos, donaciones y aportaciones recibidas. 

Es importante porque da derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

¿Qué es y para qué sirve el Modelo 182?

El modelo 182 es un documento informativo a la oficina de Hacienda, sobre las donaciones que percibe una asociaciòn u organizaciòn. Sirve para enumerar los donativos y las aportaciones recibidas.  

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 182?

Están obligados a presentar el modelo 182 todas aquellas entidades perceptoras de donativos, donaciones o aportaciones que tengan derecho a deducción de los impuestos. Tales como:

  • Fundaciones.
  • Asociaciones de Utilidad Pública.
  • Organizaciones no gubernamentales. 
  • Partidos políticos.

 ¿Cuáles son los plazos para la presentación del modelo 182?

Este modelo se presenta en enero de cada año.

Y se informa las donaciones recibidas en el año inmediato anterior.

¿Cómo se rellena el Modelo 182?

Se comienza colocando los datos de identificación:

  • Debe adherir las etiquetas identificativas que facilita la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se coloca en el espacio reservado para tal efecto.
  • En caso de no disponer de las citadas etiquetas, se adjunta una fotocopia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal (NIF).  

En cuanto al ejercicio y tipo de presentación:

Ejercicio. Se anotan las cuatro cifras del año natural al que corresponde la declaración.

Y se marca con una X la casilla  del tipo de presentación:

  • En impreso.
  • En soporte individual.
  • En soporte colectivo.

Naturaleza del declarante

Se marca una X en la casilla que corresponda a la entidad perceptora de donativos, aportaciones o disposiciones. Esto en función del régimen fiscal aplicable a las aportaciones efectuadas por las personas físicas:

  • Entidad beneficiaria de los incentivos regulados por la ley respectiva.
  • Fundación legalmente reconocida o Asociación de utilidad pública. 
  • Titular o administrador de un patrimonio protegido regulado en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre.

Datos identificativos del titular del patrimonio protegido.

Cuando el declarante tenga la condición de administrador, se consignará en este campo los datos del titular del patrimonio protegido:

 NIF.

  • Primer apellido.
  • Segundo apellido. 
  • Nombre completo. 

Declaración complementaria o sustitutiva.

  • En la casilla declaración complementaria. Se marcará con una X cuando la presentación de la declaración tenga por objeto incluir registros que hubieran sido omitidos en una declaración anterior.
  • En la casilla declaración sustitutiva. Se marca con una X cuando la presentación de la declaración tenga por objeto anular y sustituir completamente a otra declaración.

Resumen de los datos incluidos en la declaración. Se anotan las cantidades correspondientes a:

  • Número total de registros de donantes. Se coloca el número total de registros de personas o entidades donantes relacionadas en las hojas interiores.  
  • Importe y/o valoración de los donativos, aportaciones y disposiciones. Se indica la suma de las cantidades consignadas en las casillas Importe o valoración del donativo, aportación o disposición.  

Fecha y firma.

En el espacio que corresponde a la fecha y firma se colocan ambas. Además del nombre, apellidos y cargo o empleo del firmante. Tal como se indica a continuación:

  • El declarante o su representante. Si se trata de la presentación individual o de la hoja-resumen de un declarante incluido en presentación colectiva.
  • El presentador o su representante. En caso de que se trate de la hoja-resumen que acompaña al soporte de presentación colectiva.

Administración.

Espacio reservado para la Administración receptora del documento.

Cumplimentación de las Hojas Interiores.

Número de información fiscal (NIF).

 Si es una persona física se consignará el NIF del declarado de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 338/1990 de 9 de marzo.

  • Si el declarado es una persona jurídica o una entidad en régimen de atribución de rentas se consigna el número de identificación fiscal correspondiente a la misma.
  • Si el declarado es menor de edad y carece de NIF no se rellena este campo y se consigna en el campo NIF del representante legal.

NIF representante legal.

  • Si el declarado es menor de edad se consignará en este campo el número de identificación fiscal de su representante legal (padre, madre o tutor).
  • Si el contribuyente no dispone de NIF, deberá consignar en este campo, el número de identificación fiscal de quien ostente la representación del mismo.

Apellidos y nombre o razón social. 

  • Si es persona física se anota el primer apellido, segundo apellido y nombre completo.  
  • Si el declarado es menor de edad, se consignarán en este campo los apellidos y nombre del menor de edad.
  • Si es personas jurídicas y/o entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la razón social o denominación completa de la entidad.

Naturaleza. 

Se hará constar la naturaleza del donante de acuerdo con los siguientes valores:

  • F Persona física.
  • J Persona jurídica.
  • E Entidad en régimen de atribución de rentas.

Código Provincia. 

Se harán constar los dos dígitos numéricos que correspondan a la provincia o ciudad autónoma del domicilio del donante. Se toma el código según la relación que está contenida en este modelo 182.

Y cuando el donante es un no residente sin establecimiento permanente en territorio español se anota el código 99.

Clave. La casilla se rellena según las entidades acogidas al régimen de deducciones establecido en el Título III de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. Por lo siguiente:

  • Donativos no incluidos en las actividades o programas prioritarios de mecenazgo establecidos en la  Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Donativos incluidos en las actividades o programas prioritarios de mecenazgo señalados en la citada  Ley. 

Y cuando se trate de aportaciones o disposiciones a patrimonios protegidos, deberá detallarse según sea:

  • Aportación al patrimonio de discapacitados.
  • Disposición del patrimonio de discapacitados.

Deducción. Cuando  es beneficiario de los incentivos regulados en el Título III de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.  También si se trata de una fundación legalmente reconocida   o Asociación  de utilidad pública. 

 % Deducción Comunidad Autónoma. Se anota el porcentaje de deducción en la cuota íntegra del IRPF aprobado por la Comunidad Autónoma que corresponda.  

Revocación. Deberá marcar este campo con una X para la revocación de una donación con derecho a deducción recibida en ejercicios anteriores.  

Ejercicio de la donación revocada. Cuando se haya marcado con X la casilla revocación se hará constar el ejercicio en el que tuvo lugar la donación.  

Tipo de bien. En el caso de que se marque la casilla donativo en especie, se hará constar el tipo de bien cuya aportación o disposición se declara. Según las claves que se muestran en este modelo 182.

Identificación del bien. Cuando la casilla anterior tipo de bien tenga contenido se hará constar la identificación del bien cuya aportación o disposición se declara:

  • NRC en caso de inmuebles.
  • ISIN en caso de valores mobiliarios.  

Importe y/o valoración total de los donativos, aportaciones y disposiciones. Se anotan las sumas de las cantidades que corresponden a los donativos, aportaciones y disposiciones.  

Importe o valoración del donativo, aportación o disposición. Se registra el importe anual en euros del donativo, aportación o disposición.   

Donativo en especie.  Se marca la casilla con una X.

 Deducción Comunidad Autónoma. Cuando se haya hecho constar en la casilla naturaleza del declarante, que ésta es una entidad beneficiaria de los incentivos regulados por la ley respectiva.  

% deducción Comunidad Autónoma. Cuando la casilla deducción Comunidad Autónoma tenga información, se registra el porcentaje de deducción en la cuota íntegra del IRPF aprobada por la Comunidad Autónoma respectiva. 

 Revocación. Para las claves que correspondan cuando la entidad declarante goce del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo previsto en la ley.  

Ejercicio de la donación revocada. Cuando se haya marcado con X la casilla revocación se hará constar el ejercicio en el que tuvo lugar la donación.  

Tipo de bien. Para las claves correspondiente en caso de que se haya marcado la casilla donativo en especie

 Identificación del bien. Cuando la casilla  tipo de bien tenga contenido se hará constar la identificación del bien:

  • NRC en caso de inmuebles
  • ISIN en caso de valores mobiliarios.

 Importe y/o valoración total de los donativos, aportaciones y disposiciones. Muestra las sumas de los montos que corresponden a los donativos, aportaciones y disposiciones relacionados en esa hoja. 

Cada hoja se totaliza de forma independiente, sin que el total deba ser acumulado con el de las páginas sucesivas.

Se debe incluir los siguientes documentos:

  • En caso de que la declaración no lleve adheridas las etiquetas identificativas se adjuntará una fotocopia de la tarjeta o documento acreditativo del Número de Identificación Fiscal (NIF) del declarante.
  • Ejemplar para la Administración de la declaración informativa de donaciones (modelo 182) incluidas las hojas interiores. 

Los titulares o administradores de patrimonios protegidos deberán presentar conjuntamente con la primera declaración informativa que presenten, los siguientes documentos:

  • Copia simple de la escritura pública de constitución del patrimonio protegido en la que figure la relación de bienes y derechos que inicialmente lo constituyeron.
  • Relación detallada de las aportaciones recibidas y disposiciones realizadas durante el período comprendido entre la fecha de constitución del patrimonio protegido y el año natural inmediato anterior. 

De esta forma se rellena el modelo 182 utilizado para informar a Hacienda sobre los donativos, donaciones y aportaciones recibidos. Esta declaración informativa puede beneficiar al contribuyente con una deducción en los impuestos.