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Modelo Hacienda

Modelo 037: Qué Es, Obligados, Plazos, Cómo se Rellena

Los empresarios y profesionales residentes en España deben cumplir con sus obligaciones fiscales ante la  Agencia Tributaria todos los años. El Modelo 037 les permite presentar esas obligaciones en forma simplificada.

Sin embargo, esta característica hace que el modelo 037 no sirva para la  declaración fiscal de grandes empresas pues, lo que se puede declarar es bastante limitado.

Aquí te indicamos como rellenar este modelo para que puedas cumplir con tus obligaciones fiscales.

¿Qué es y para qué sirve el Modelo 037?

Este modelo 037 es el documento donde en una forma sencilla y rápida, los empresarios informan sobre los regímenes y obligaciones tributarias respecto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto sobre sociedades (IS), y del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

En consecuencia, sirve para que los empresarios puedan darse de alta en la Seguridad Social, dentro del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. Para comunicar las modificaciones de la situación tributaria inicial, así como, informar a Hacienda el cese o inicio de una actividad económica.

También, sirve para comunicar algún cambio de datos, y darse de baja en el censo empresarial.

Además, el autónomo puede iniciar su actividad económica una vez que se dé de alta utilizando este modelo.

Modelo 037 en PDF

Modelo-037

¿Quiénes deben presentar el Modelo 037?

Están en obligación de presentar este modelo todos los residentes en España que cumplan con lo siguiente:

  • Posean NIF.
  • No estén constituidos como una gran empresa.
  • Actúen por cuenta propia sin acudir a un representante.
  • Su domicilio fiscal sea el mismo de la gestión administrativa.
  • No estén incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • No estén inscritos en el Registro de operadores intracomunitarios o en el registro de devolución mensual.
  • Cumplan con el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Las ventas que realicen no sean a distancia.
  • No sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  • Sus rendimientos sean diferentes al de capital mobiliario.

¿Cuándo deben presentar el Modelo 037?

La presentación de este modelo considera todas las variantes que se desprenden de la necesidad de hacer una declaración para  alta, modificación o baja en las diferentes actividades económicas.

En consecuencia, los plazos de presentación del Modelo 037 son los siguientes; según sea el caso:

  • Declaración de alta será en el momento necesario para ello. Si es una nueva actividad la declaración debe presentarse antes del inicio de la actividad.
  • Declaración de modificación el plazo es de un mes a partir del  hecho causante de la modificación.
  • Renuncia a regímenes especiales se deberá presentar durante el mes de diciembre anterior al comienzo del ejercicio.
  • Prorrata especial de IVA se hace en el mismo plazo que la declaración periódica de IVA.
  • Renuncia al régimen de módulos y al de directa simplificada de IRPF se presentará durante el mes de diciembre del año anterior.
  • Declaración de baja será en el plazo de un mes. En caso de fallecimiento del empresario o profesional sus herederos deben presentar en un plazo de seis meses la baja o la modificación de titularidad del negocio.

Instrucciones Para Rellenar El Formulario 037

Instrucciones-Modelo-037

¿Cómo rellenar el Modelo 037?

Para rellenar este Modelo lo primero que se debe hacer es adherir una etiqueta en el espacio reservado para tal fin. Después se procede a colocar toda la información solicitada.

En líneas generales es un Modelo donde las respuestas se marcan con una X, no se realizan cálculos matemáticos.

Datos identificativos. Se colocan todos los datos personales del declarante relativos a:

  • Número de identificación fiscal (NIF)
  • Nombre completo y apellidos.

 Causas de presentación

Aquí se seleccionan las causas por las cuales se presenta este modelo. Básicamente son tres circunstancias: alta, modificación y baja

Alta. Se marca con una X la casilla para el ingreso a empresarios, profesionales y retenedores.

Modificación. Se marca con una X  los cambios que el declarante ha realizado con relación a:

  • Domicilio fiscal.
  • Domicilio a efectos de notificaciones.
  • Datos identificativos.
  • Los relativos a actividades económicas y locales.
  • Del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Relativos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Y retenciones e ingresos a cuenta

Baja. Cuando el contribuyente se desincorpora del censo de empresarios, profesionales y retenedores. Se describe la causa y se coloca la fecha efectiva de la baja. También, en caso de fallecimiento del declarante.

 Identificación

De nuevo se colocan todos los datos personales del declarante, que se mencionan:

  • Número de identificación fiscal (NIF)
  • Nombre completo y apellidos.
  • Domicilio fiscal en España
  • Domicilio a efectos de notificaciones si es distinto del fiscal.

Impuesto sobre la renta de las personas físicas

En este apartado se marca con una X las obligaciones en las que se dará de baja o alta. Y que además son inherentes al contribuyente sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Física. También, debe colocar la fecha efectiva del alta o baja. La obligación a seleccionar se mencionan a continuación:

  • Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económicas propias.
  • Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados de su condición de miembros de una entidad en régimen de atribución de rentas.

Otro aspecto a señalar es el relativo al método de estimación en el IRPF para lo que se debe seleccionar y marcar con una X si se refiere a una estimación objetiva o directa. Además se debe seleccionar si se trata de una:

  • Inclusión
  • Renuncia
  • Revocación
  • Exclusión
  • Baja

Aquí hay que prestar especial atención cuando se trata de renuncia y exclusión. Pues, existen dos aclaratorias marcadas como (1) y (2)

(1) Indica que se debe marcar las casillas 605 y 607 cuando se trate de renuncia o exclusión y se utilice el método de estimación objetiva para calcular el rendimiento neto de la actividad económica. Otro caso es que no se haya incluido una actividad económica iniciada en el año o que se renuncie al citado método.

(2) Indica que se marcará la casilla 610 cuando se trate de renuncia y se utilice el método de estimación directa. También, si ha iniciado alguna actividad económica en el año o por renuncia al método mencionado.

En ambas aclaratorias se instruye que se debe indicar el grupo o epígrafe/sección de I.A.E. o el código de aquellas actividades, a las que continuará aplicando el método de estimación objetiva o simplificada, hasta el final del período impositivo. Para ello se debe utilizar las casillas 613 y 614 respectivamente.

Impuesto sobre el valor añadido

Información obligaciones

Este apartado comienza con la pregunta ¿Realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que no obligan a presentar autoliquidación periódica (art. 20 y 26 Ley IVA)

Aquí se debe responder con un SI o un NO y se  marca en la respectiva casilla.

Inicio de actividad

Debe marcar con una X la casilla sobre la comunicación de inicio de actividad, según se corresponda con:

  • Entregas de bienes o prestaciones de servicios previas o simultánea a la adquisición de bienes o servicios.
  • Entregas de bienes o prestaciones de servicios posteriores a adquisición de bienes o servicios.
  • Comienzo de entregas de bienes o prestaciones de servicios posterior a adquisición de bienes o servicios destinados al desarrollo de la misma.
  • Entregas de bienes o prestaciones de servicios (habiendo marcado la casilla [504] o la casilla [506] en una declaración censal presentada anteriormente).

Regímenes aplicables

Aquí se dará de alta o baja en la actividad o actividades incluidas en los regímenes que se mencionan:

  • General
  • Especial recargo de equivalencia
  • De agricultura, ganadería y pesca
  • Régimen especial simplificado

Deducciones

En este apartado se propone un porcentaje provisional de deducción, según se especifica en el artículo 111.dos de la L.I.V.A.

Retenciones e ingresos a cuenta

En este espacio, el contribuyente se dará de alta o baja en la obligación de realizar retenciones o ingresos a cuenta sobre rendimientos de:

  • Trabajo personal (modelo 110).
  • Actividades profesionales, agrícolas, ganaderas, forestales u otras actividades económicas, premios, determinadas imputaciones de renta o determinadas ganancias patrimoniales (modelo 110).
  • Procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (modelo 115).

Debe marcar con una X y colocar la fecha que se hará efectiva el alta o baja.

Declaración de actividades económicas y locales

Actividad

Se describe la actividad y se indica el tipo de la misma. Además, se coloca:

  • El Grupo o epígrafe/sección del I.A.E
  • El código de la actividad.

Lugar de realización de la actividad

Se debe marcar con una X si se trata de darse de baja o alta y luego colocar la dirección según lo siguiente:

  • La actividad se desarrolla fuera de un local determinado
  • La actividad se desarrolla en local determinado (locales directamente afectos a la actividad)
  • Locales indirectamente afectos a la actividad (almacenes, depósitos, centros dirección etc.)

Lugar, fecha y firma 

Indicar el Lugar y la Fecha donde se realiza la declaración.

Una vez que se revise y se verifique toda la información se debe colocar la Firma del declarante.

De esta manera culmina el llenado del Modelo 037.

Video: Rellenar Formulario 037