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Modelo Hacienda

Impuesto Sobre el Patrimonio

El Impuesto sobre el patrimonio es un tributo que grava las posesiones o patrimonio de las personas físicas residenciadas en España. No afecta a las personas jurídicas. Es individual, directo, de naturaleza personal e independiente del régimen económico matrimonial. Este último regulado por el Código Civil.

Este impuesto tiene su base legal en la Ley 19/1991, de 6 de junio del Impuesto sobre el Patrimonio donde claramente se indica que: “….se aplicará en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico vigentes en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente, y de lo dispuesto en los Tratados o Convenios Internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno”.

Ley Impuesto Sobre el Patrimonio PDF

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 Sujetos Pasivos del Impuesto Sobre el Patrimonio

  • Son sujetos pasivos del impuesto sobre el patrimonio los residentes en España. Grava los bienes y derechos que poseen estas personas en territorio español y en el extranjero.
  • Los no residentes en España. Grava bienes y derechos que tienen en el territorio español.
  • Los extranjeros siempre que tengan bienes o derechos en España.
  • Los representantes y funcionarios del Estado español en el extranjero.
  • Funcionarios de organismos o instituciones de Estados extranjeros residenciados en España.

Esta tributación es regulada por el Estado, pero la declaración y recaudación la ha cedido a las Comunidades Autónomas. Y alguna de ellas han cambiado varios aspectos como:

  • Los tramos.
  • Los mínimos exentos.
  • Las bonificaciones

En consecuencia, a los contribuyentes se les aplica la normativa según la Comunidad Autónoma donde residan. Esta condición indica que se trata de un impuesto local que otorga a este nivel de gestión una fuente estable de ingresos.

Para declarar este impuesto la ley establece que el patrimonio neto de la persona física estará definido como. “el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de que sea titular”. 

Además, se deben considerar la deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor. Las deudas y otras obligaciones que el contribuyente deba responder a título personal. 

Para realizar los cálculos relativos al pago de este impuesto sobre el patrimonio, lo que presenta mayor dificultad es estimar el valor de la vivienda. Por lo que se hace con base al valor:

  • Catastral.
  • De compra.
  • Comprobado por la Administración.

Video: Cómo Funciona el Impuesto Sobre el Patrimonio

Exenciones del Impuesto Sobre el Patrimonio

Este impuesto tiene una serie de exenciones que se han establecido para el momento de realizar la declaración.

Y son las siguientes:

  • Bienes de patrimonio histórico. aquellos que estén inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural o en el Inventario General de Bienes Muebles. Contemplados en la Ley 16/1985 de 25 de junio. Y  los comprendidos en la Disposición Adicional Segunda de dicha Ley.  En este caso deben estar calificados como Bienes de Interés Cultural por el Ministerio de Cultura e inscritos en el Registro correspondiente. 
  • Los bienes del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas.  Calificados de esa manera y registrados según sus normas reguladoras.
  • Objetos de arte y antigüedades. Solo aquellos que tienen un valor  menor a los montos establecidos en el artículo 26.4 de la Ley 16/1985, de 25 de junio. Que corresponde al Patrimonio Histórico Español. Y también estarán exentos:
  • Los objetos de arte y antigüedades comprendidos en el artículo 19, de la misma ley. En caso de haberlos cedidos por sus propietarios a Museos o Instituciones Culturales. Siempre que sea por un periodo superior a tres años.Para su exhibición pública y sin fines de lucro.
  •  Obras de artistas. Siempre que formen parte del patrimonio del autor.
  • Ajuar doméstico. Se trata de  los efectos personales y del hogar. Además, comprende los utensilios domésticos y bienes muebles que usa el contribuyente. Se exceptúan  las joyas, pieles de carácter suntuario, vehículos, embarcaciones y aeronaves. 
  • Sistemas de previsión social. Se refiere a los planes de pensiones, previsión social empresarial, seguros privados y contratos de seguro colectivo. 
  • Derechos derivados de la propiedad intelectual. Siempre que sea parte de su patrimonio. 
  • Los valores. Siempre que sus rendimientos estén exentos según  lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. 
  • Bienes y derechos de actividades económicas y participaciones en entidades, según lo que establece en el artículo 4 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • La vivienda habitual del contribuyente.Se considera un importe máximo de 150.253,03 euros.  

Cálculo de la Cuota a Pagar en el Impuesto Sobre el Patrimonio

Una vez que se ha recopilado toda la información sobre los bienes y derechos del contribuyente se calcula la cuota total a pagar.

En líneas generales para realizar este cálculo se procede de la siguiente forma:

  • Se suman todos los bienes y derechos del contribuyente.
  • Se restan 300.000 euros si se trata de su vivienda habitual.
  • Se restan las deudas para calcular el patrimonio neto.
  • Al importe obtenido se le restan 700.000 euros que corresponde al mínimo exento.
  • El resultado de esta operación es la base liquidable.
  • A esta base liquidable se le aplica los tramos que se establecen desde 0,2 % al 3,5 %. El valor obtenido será el impuesto a pagar.
  • Se aplican las reducciones y bonificaciones para obtener la cuota total a ingresar.

Este es un cálculo basado en la normativa estatal. Por lo que, al tomar en cuenta lo establecido en cada Comunidad Autónoma la cantidad a tributar puede variar.

Impuesto Sobre el Patrimonio para los no residentes

Por otra parte, los no residentes en España también deben pagar el Impuesto sobre Patrimonio.

Para ello se debe considerar lo siguiente:

  • Existencia de un Convenio de Doble Imposición del país de origen con España.
  • Conocer si el Convenio contempla reglas sobre la tributación patrimonial o no.  
  • En caso de contemplar esas reglas, saber si limitan la posible tributación al país de residencia.  
  • Identificar la Comunidad Autónoma a la que corresponde la tributación.  
  • Conocer las exenciones, deducciones, bonificaciones y otros incentivos que se puedan aplicar según la Comunidad Autónoma donde residan.

Además, hay que verificar si son objeto de tributación del impuesto. Por lo que se debe determinar la residencia fiscal de la persona física.

Criterios para determinar si una persona reside o no fiscalmente en España

  • Presencia en territorio español por más de 183 días en el año natural.
  • Verificación de un centro de intereses económicos relevante y operativo. Sobre todo si mantiene relaciones familiares y personales.

Los medios de comprobación son:

  • Asistencia a clubes sociales
  • Asistencia a espectáculos o gimnasios.
  • Consumos de energía.
  • Uso de las tarjetas de crédito.
  • Uso de móviles.
  • Origen de las rentas.
  • Localización del patrimonio principal.
  • Colegio de los hijos.
  • Residencia de la familia en España.

También se debe determinar si los bienes del contribuyente son susceptibles al pago de tributos por concepto de este impuesto. La investigación sobre la tenencia de bienes de las personas físicas son variados, incluyen:

  • Uso de recursos tecnológicos de Big Data.
  • Información obtenida en registros públicos.
  • Manejo de cuentas bancarias.

Todo este análisis se realiza  sin perjuicio de lo contemplado en los convenios firmados entre el país de origen del no residente y España. De manera de evitar la doble tributación.

Ahora bien, cuando no exista: 

  • Convenio de Doble Imposición entre España y el país de residencia 
  • Reglas sobre tributación patrimonial en el Convenio de Doble Imposición.  

El ciudadano no residente tendrá que declarar en España  todos los bienes y derechos ubicados en dicho país. 

Esto ocurre con los residentes en países como: Brasil, México, Andorra, Estados Unidos, Italia, Irlanda, Japón, Portugal, Singapur, Turquía, Nueva Zelanda, Malasia o Malta.

Todos los contribuyentes residentes y no residentes deben declarar hasta el 31 de diciembre de cada año.